“Hablemos de sus opciones. Discutiremos las ventajas y desventajas asociadas con cada vía.”

Opción 1

Comunicarte a la Dirección General del Registro Civil que expidió tu acta de nacimiento

Conocemos varios casos en que los registros civiles locales se han puesto de acuerdo con los consulados mexicanos en el extranjero para facilitar el trámite. Aunque no podemos prometerte un resultado positivo, vale la pena que te comuniques por teléfono al registro civil del estado en donde te registraron si aparece en la siguiente lista:


Baja California Sur

Chihuahua

Ciudad de México

Coahuila

Colima

Estado de México

Hidalgo

Jalisco

Michoacán

Morelos

Nayarit

Nuevo León

Oaxaca

Puebla

Quintana Roo

San Luis Potosí

Sonora

Tlaxcala

¿Por qué únicamente podría suceder si tu registro fue en alguno de estos estados?


Porque en México, como en los Estados Unidos, la decisión de reconocer la identidad de género le toca a los treinta y dos estados del país. O sea, sólo si las leyes del estado lo permiten, se puede hacer.


De los treinta y dos estados, sólo los mencionados permiten que las actas de nacimiento se rectifiquen por identidad de género porque así lo dicen sus leyes o reglamentos.

👍🏼

¿Qué ventajas tiene?

1.) El trámite no requiere llevar un juicio.


2.) Los requisitos son más o menos fáciles de conseguir.


3.) No tienes que trasladarte a México.


4.) En el mismo trámite rectificarías tu acta y la original quedaría reservada.

👎🏼

¿Qué desventajas tiene?

1.) Puede tomar tiempo ya que requiere coordinación entre la Secretaría de Relaciones Exteriores y el registro civil que expidió tu acta.


2.) Puede implicar algunos costos, sobre todo si no tienes tus documentos listos y también algunos gastos de envío.


3.) Puede depender mucho de la disposición de cada consulado y cada registro civil.

Ojo. Si tu acta de nacimiento no es de ninguno de los estados de la lista, revisa la opción 2.

⬆️

Llevar un juicio de amparo desde México